Compartir en:

Nuevos requisitos para expedir facturas a partir de 2022

CDMX, 7  de diciembre de 2021.- A partir del próximo año las facturas electrónicas en nuestro país deberán incluir un requisito más. Se trata del código postal del domicilio del solicitante. Aquí te explicamos, el por qué.

Con la Miscelánea Fiscal para 2022, se implementaron algunos cambios en artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) en materia de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o lo que es lo mismo, las facturas.

¿Qué datos debe incluir una factura electrónica?

Dentro de la reforma fiscal que entrará en vigor en 2022 se vuelve obligatorio incluir dentro del CFDI: el nombre, la razón o denominación social y el código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI (datos del receptor), además del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal.

Es probable que los negocios tengan el código postal de sus clientes en sus bases de datos, porque es un dato que comúnmente se solicita. Sin embargo, este dato no está contemplado actualmente en la estructura del XML del CFDI. 

Por lo anterior, el sitio Fiscal considera que necesariamente se requiere actualizar la estructura del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), que contiene el estándar del XML del CDFI.

CFDI 4.0: ¿Qué tendrá y cuándo entrará en vigor?

Según diversos sitios especializados, los cambios en la miscelánea fiscal implican que habrá un CFDI 4.0 cuyo contenido no ha sido dado a conocer de manera oficial por el Servicio de Administración Tributaria  (SAT) y lo cual obligaría a los proveedores de herramientas de facturación electrónica a actualizar sus plataformas. Se ha dicho que entrará en vigor el 1 de enero de 2022. 

De acuerdo con la información que se ha dado a conocer, el archivo XML de los CDFI incluirá:

  • Atributos para exportación,  
  • Facturas a través de adquirientes 
  • Domicilio fiscal del receptor y su régimen fiscal 
  • Conceptos con mensajes explícitos sobre impuestos (incluye o no incluye) 
  • Información de facturas globales (público en general) 
  • Información de terceros (a cuenta de terceros) 
  •  

En México, los proveedores tendrán el CDFI 4.0 operando en solitario a partir del 1 de mayo de 2022, con un periodo de convivencia, pruebas y errores del 1 de enero de 2022 al 30 de abril de 2022. Finalmente, para el próximo año los contribuyentes que no estén facturando bajo el esquema CFDI 4.0 no podrán emitir sus comprobantes.





Compartir en:

Por admin

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.